14 C
Dominican Republic
lunes, abril 29, 2024

Junta Central Electoral emite su comunicado de ADMONICIÓN con las disposiciones contempladas en la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos

Santo Domingo.-La Junta Central Electoral, como árbitro y regulador de los procesos electorales, emite su COMUNICADO de ADMONICIÓN con las disposiciones contempladas en la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

La JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE), institución autónoma de derecho público, con personalidad jurídica, creada y organizada por la Constitución de la República Dominicana y regida por la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 20-23,
regularmente constituida en su sede principal, situada en la intersección formada por las avenidas 27 de Febrero y Gregorio Luperón, Zona Industrial de Herrera, frente a la “Plaza de la Bandera”, en el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo
Domingo, República Dominicana; integrada por Román Andrés Jáquez Liranzo, Presidente, Rafael Armando Vallejo Santelises Miembro Titular, Dolores Altagracia Fernández Sánchez Miembro Titular, Patricia Lorenzo Paniagua Miembro
Titular y Samir Rafael Chami Isa, Miembro Titular, les informa a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, así como también a los miembros de dichas organizaciones políticas que tengan algún tipo de aspiración para los cargos de elección popular que habrán de disputarse en los niveles de elección que establece la ley para las elecciones generales del año 2024, que deben cesar en lo inmediato los actos prohibidos durante el periodo de precampaña electoral, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

En consecuencia, está prohibido hasta tanto sea emitida la proclama que deja abierto el período de campaña electoral, celebración de eventos multitudinarios como mítines, marchas, caravanas y la divulgación de propaganda electoral como la colocación de vallas, aches, pancartas, en espacios y lugares públicos, así como también la promoción de los aspirantes a través de medios de comunicación como la radio y la televisión; sin menoscabo del derecho que tienen las organizaciones políticas de
realizar las actividades internas habituales que les son propias en recintos cerrados, según sus estatutos y el principio de autorregulación partidaria.

De igual modo, queda totalmente prohibido la utilización o uso de símbolos patrios en cualquier medio de difusión o promoción proselitista con nes electorales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, numeral 5, de la Ley 210-19, que Regula el uso de la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional, símbolos patrios de la República Dominicana. La Ley núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece penalidades por la comisión de actos prohibidos durante el periodo de precampaña y uso de símbolos patrios con nes proselitistas; en ese sentido, la citada legislación precisa en su artículo 44, párrafo III, lo siguiente: “Párrafo III.- Las violaciones al presente artículo serán sancionadas con la retención de
los fondos públicos que aporta el Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos conforme a la ley”.

En cuanto a la violación al uso de símbolos patrios con nes proselitistas, la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, en su artículo 280, numeral 6, establece que le será aplicada una sanción administrativa de uno (1) a doscientos (200) salarios mínimos a: “Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, candidatos o candidatas que irrespeten los símbolos patrios o relativos a la Restauración de la República, sin perjuicio de lo dispuesto en Ley núm. 210-19, del 12 de julio de 2019, que regula el uso de la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional, símbolos patrios de la República Dominicana”.

La Junta Central Electoral es la máxima autoridad en materia de administración y organización de los procesos electorales en la República Dominicana, por ende, debe garantizar que los mismos se realicen en estricto apego a lo dispuesto por la ley, garantizando con ello la paz y la tranquilidad del pueblo dominicano. Que la intención del legislador de organizar un calendario electoral en la ley, delimitando los tiempos en los cuales deben realizarse las precampañas y campañas, es fundamental para el sosiego de la ciudadanía.

Por estas razones, el Pleno de este órgano constitucional autónomo les ordena a todas las organizaciones políticas debidamente reconocidas, así como a cualquier aspirante perteneciente a las mismas, retirar en un plazo de 15 días calendario (hasta el 25
de agosto del año en curso) cualquier valla, aches, pancartas en espacios públicos, o hacer cesar cualquier uso de símbolos patrios y/o difusión de mensajes proselitistas en radio o televisión.

En caso de que no se cumpla con lo ordenado en la presente admonición, la Administración Electoral impondrá las medidas cautelares pertinentes e impondrá las sanciones administrativas previstas por la legislación dominicana, de conformidad con lo previsto en los artículos 11 y siguientes del Reglamento que crea el Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral y pone en funcionamiento la Unidad de Atención, Seguimiento y Mecanismos de Ejecución de las Sanciones con ocasión de las Infracciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares.

La presente medida es dispuesta en ejercicio de la facultad regulatoria y sancionatoria de que dispone la Junta Central Electoral, según los artículos 305, 306, 307 y 308 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, y los artículos 40 y siguientes de la Ley
33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

 

 

Podría interesarte!

Abel Martínez: Derrota del PRM en Colegio de Abogados confirma superioridad de Alianza Rescate RD

Santo Domingo.- El candidato presidencial por el Partido de...

Director de Bienes Nacionales y CEA ordena readecuación de edificación del INPOSDOM en Barahona

Barahona RD. -El director de Bienes Nacionales y honorífico...

Corte libera a Magaly Medina y Fernando Rosa acusados en caso Antipulpo

, SANTO DOMINGO. – La Segunda Sala de la Corte de...

En la Inaguja seguimos dando pasos por el desarrollo de la mujer dominicana.

En el día de hoy, quedó formalizado un convenio...

Boletín informativo

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img

Las autoridades penitenciarias cambiarán a la dotación completa de la Penitenciaría Nacional de La Victoria

Las autoridades penitenciarias cambiarán a la dotación completa de la Penitenciaría Nacional de La Victoria, tras la tras la requisa militar del pasado lunes...

Dictan 10 años de prisión contra hombre que robo en una joyería del Barrio Chino

SANTO DOMINGO.– El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó una condena de 10 años de prisión en contra de un hombre imputado por...

Director de la Pepca: “Hemos encontrado miles de documentos y evidencias de maquillaje de auditorías”

El director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administr El director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson...