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viernes, mayo 3, 2024

Destacan legalidad de pruebas contra policías implicados en muerte de pareja religiosa

Villa Altagracia.- El Ministerio Público demostró los méritos de las pruebas aportadas para lograr el envío a juicio de los miembros de la Policía Nacional implicados en la muerte a tiros de una pareja de religiosos que se desplazaba en un automóvil por la autopista Duarte en marzo del pasado año.

La fiscal Dalma Díaz explicó que, durante la audiencia preliminar, celebrada este 26 de octubre, ante pedidos de exclusión de varias pruebas por parte de las defensas, el Ministerio Público logró establecer que las mismas se obtuvieron de manera legal, con sus correspondientes órdenes judiciales.

Durante la continuación de la audiencia preliminar en el Juzgado de la Instrucción de Villa Altagracia, los abogados de los acusados Juan Samuel Ogando Solís, Victorino Reyes Navarro, Anthony Castro Pérez y Norquis Rodríguez Jiménez presentaron sus escritos de defensa y reparos a la acusación del Ministerio Público.

Mientras que el órgano acusador también presentó sus réplicas a lo expresado por los abogados defensores.

En el transcurso de la audiencia, luego de acoger el pedimento del Ministerio Público, el tribunal también rechazó la solicitud de una de las defensas para el traslado de recinto penitenciario de un imputado.

El Ministerio Público estuvo representado durante la audiencia por Dalma Díaz, Nancy Ovalle y por Eleuterio Reyes Navarro, quien tuvo a cargo las réplicas.

La jueza de la Instrucción Kenty Nuesí conoce la acusación del Ministerio Público. La audiencia continuará este viernes 28 de octubre, a partir de las 9:00 de la mañana, correspondiendo el turno a la parte querellante para presentar sus réplicas.

Los procesados en este caso son César Maríñez Lora, Guillermo Rosario Melo, Emil Alexander Rincón Martes, Victorino Reyes Navarro, Domingo Perdomo Reyes, Norquis Rodríguez Jiménez, Ángel de los Santos, Anthony Castro Pérez y Juan Samuel Ogando Solís, quienes cumplen prisión preventiva en diferentes recintos penitenciarios del país.

El grupo es vinculado a la muerte a balazos de los esposos Elisa Muñoz Marte, de 32 años de edad, y Joel Eusebio Díaz Ferrer, de 35.

También, se les atribuye incurrir en intento de asesinato contra los acompañantes de la pareja, los jóvenes Claudio Alberto Ramírez Lamais y Carlos José Pérez Báez.

El expediente señala que el hecho se produjo el 30 de marzo de 2021, alrededor de las 10:50 de la noche, cuando las víctimas se trasladaban a bordo de un vehículo marca Kia, modelo K5, color blanco, por la Autopista Duarte, a nivel del Kilómetro 45, luego de haber participado en un evento religioso en el paraje Los Ganchos, del municipio Villa Altagracia.

Detalla que los esposos Díaz Ferrer y Muñoz Marte murieron por múltiples heridas, mientras Ramírez Lamais resultó herido y Carlos Pérez Báez salió ileso.

Específica que la citada noche, el acusado Maríñez Lora, luego de escuchar a través de la radio de comunicación de la Policía Nacional que los ocupantes de un carro blanco, marca Hyundai, habían cometido varios atracos en el municipio Bonao y que se desplazaban en dirección a Santo Domingo, se dirigió al kilómetro 45, junto a los acusados Reyes Navarro, De los Santos, Rosario Melo (quien no estaba de servicio) y Rincón Martes.

Señala que unos minutos después llegaron al lugar dos unidades motorizadas compuestas por Domingo Perdomo Reyes, Norquis Rodríguez, Juan Samuel Ogando Solís y Anthony Castro.

El órgano acusador indica que los procesados improvisaron un retén y obstaculizaron la vía a los fines de detener los vehículos que se desplazaban en sentido norte-sur.

En esas circunstancias, al momento de notar la llegada del Kia color blanco de los esposos, realizaron ráfagas de disparos con armas de varios calibres y desde distintas direcciones, sin una requisa previa del automóvil y sus ocupantes.

La conducta de los acusados, según establece el expediente, constituye el tipo penal previsto y sancionado en los artículos 2, 265, 266, 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano y el artículo 66 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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