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Funcionarios corruptos podrían ejercer nuevamente función pública después de 5 años

De acuerdo al Artículo 302 del proyecto, que trata sobre la proscripción de la corrupción, será considerado como acto de corrupción pública, según el mandato previsto en el artículo 146 de la Constitución, el catálogo de conductas incluidas en este título.

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.- De ser aprobado por el Congreso, el nuevo Código Penal establecería la corrupción como un tipo penal, el cual sería sancionado con dos o tres años de prisión, de acuerdo al informe favorable emitido por la Comisión Especial que estudia dicha modificación.

De acuerdo al Artículo 302 del proyecto, que trata sobre la proscripción de la corrupción, será considerado como acto de corrupción pública, según el mandato previsto en el artículo 146 de la Constitución, el catálogo de conductas incluidas en este título.

También contempla la inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de cinco a diez años, según se establece en el Artículo 303 del proyecto.

“Artículo 303.- Corrupción. Todo funcionario o servidor público que, prevaliéndose de su posición dentro de los órganos, entes y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico, mal utilice los bienes públicos para beneficio privado, ofrezca, prometa o realice actividad inherente a su cargo, comete la infracción de corrupción y será sancionado con dos a tres años de prisión e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de cinco a  diez años”, dice.

El pasado 30 de abril, la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) criticó el proyecto de modificación al Código Penal porque supuestamente reduciría la condena al delito de corrupción que inicialmente estaba contemplado en el proyecto de ley que estudió la Comisión de Justicia, disminuyendo de diez a tres años de prisión las penas máximas para esos delitos.

Sin embargo, Alexis Jiménez, presidente de la Comisión Permanente de Justicia de la Cámara de Diputados, aclaró que el delito de corrupción es condenado debidamente en el nuevo Código Penal y desestimó que se necesite una ley especial para combatirlo.

El legislador entiende que la corrupción es amplia y que antes no era condenada debidamente.

Explicó que quien cometa este delito deberá devolver diez veces “lo que robó” y afrontar penas complementarias de 21 años de prisión, “mientras que si la corrupción es de la cosa del Estado no agravada la condena que se contempla es de 53 a 60 años”.

“No creo que el Código Penal necesite una ley especial para combatir la corrupción. Lo establecí y reafirmo que el delito de corrupción es muy amplio y el funcionario público que lo cometa deberá devolver un porcentaje diez veces lo que robó. Antes no se condenaba, ahora si se va a condenar”, señaló.

Mientras que el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, también se refirió al tema, y el viernes pasado anunció que propondrá que en el nuevo Código Penal la corrupción simple se castigue con penas de entre 10 y 20 años de cárcel y la agravada con prisión de 20 a 40 años.

El proyecto del Código Penal fue aprobado el miércoles en primera lectura por los diputados y pasó a una comisión por un periodo de 15 días para observaciones o reparos antes de ser votado nuevamente

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