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sábado, mayo 18, 2024

Tribunal de Ibagué ordenó arresto contra el presidente de Colombia Iván Duque

El Tribunal Superior de Ibagué ordenó el arresto de Iván Duque por desacato en el caso del Parque los Nevados.

La decisión se tomó porque el presidente habría desatendido la decisión de la Corte Suprema de Justicia mediante la cual, declaró el Parque Natura Nacional Los Nevados como sujeto de derechos.

La Corte Suprema, mediante una tutela, le había ordenado al presidente, Iván Duque, conformar un grupo de fuerza pública especial para la custodia del Parque Natural Nacional Los Nevados porque evidenció graves afectaciones al orden público, desabastecimiento del agua, tráfico de flora y fauna en un área protegida, entre otros.

La orden se debía cumplir en un año, durante este tiempo todo su equipo debía crear un plan para garantizar todas las condiciones óptimas en este ecosistema natural.

Sin embargo, según el Tribunal Superior de Ibagué, el mandatario del país incumplió con el fallo y a la fecha, no se han visto resultados que beneficien y protejan esta fuente hídrica.

Por ese motivo, el Tribunal Superior de Ibagué, el pasado 10 de mayo abrió un incidente de desacato contra el presidente Iván Duque, la secretaria de Medio Ambiente de Caldas, Paola Andrea Loaiza Cruz, la secretaria de Representación Judicial y Defensa del Quindío, Paula Andrea Huertas Arcila y a la alcaldesa del municipio de Casablanca (Tolima), María Yineth Cifuentes Giraldo.

En su momento el tribunal afirmó que “persiste el incumplimiento a la referida orden constitucional al no hacerse efectiva la designación de un grupo especial de las Fuerzas Militares o de Policía Nacional”.

Después de esto, W Radio en primicia conoció que el mismo Tribunal Superior de Ibagué ordenó el arresto al mandatario colombiano por no responder con la orden de la Corte Suprema. “De conformidad con lo previsto en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, imponer como sanción por el desacato que ha incurrido el presidente Iván Duque, medida de arresto domiciliario por (5) días…”

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